Viabilidad de la Salida de Venezuela de la Comunidad Andina (CAN)
Obstáculos
Político
En primer lugar, la falta de voluntad de política de los países miembros, para concretar la agenda de acción conjunta hacia el exterior en determinadas áreas (comercial, empresarial, etc.). En segundo lugar, prevalecen los intereses particulares sobre los comunes dando preponderancia a la lucha de poder dentro del esquema de integración subregional. En tercer lugar, la falta de concreción de criterios entre los representantes de cada país miembro.
Administrativo
El demorado proceso que constituye la salida efectiva de Venezuela de este esquema, ya que desde el momento de la denuncia y la salida definitiva debe transcurrir un tiempo de transición de cinco (5) años que apenas se cumplirán en mayo de 2011. Lo que puede traducirse en inconvenientes para el Estado en su ingreso a otros esquemas de integración.
Institucional
En primer lugar, la falta de eficiencia de los actores que participan en los órganos competentes, producen un obstáculo para la agilización de las medidas a tomar por la comunidad. En segundo lugar, La decisión unilateral, inconsulta e intempestiva del Gobierno Nacional de denunciar el Acuerdo de Cartagena, generando una serie de inconvenientes a las instituciones nacionales como las de la CAN.
Jurídico
Con la salida de la CAN, Venezuela perderá todo el conjunto de decisiones y jurisprudencia (que venía aplicando) creada que le daba base y fundamentos procedimentales en materia aduanera y comercial, lo cual da uniformidad a dichos criterios, ahora nuestro país tendrá que formular nuevos criterios y procedimientos en las materias respectivas.
Ventajas y Desventajas
Políticas
Ventajas: Libertad para negociar de forma autónoma acuerdos en materia comercial, de cooperación y complementación económica con terceros. La oportunidad de promover nuevos esquemas de integración económica con nuevas concepciones y enfoques que se adecúen al sentir de los pueblos de nuestra América.
Desventajas: Se desaprovecha la consolidación de una agenda común alcanzada por los gobiernos en pro de una integración regional. La salida de programas de cooperación que se tenía con otros esquemas de integración (técnica, cultural, social, etc)
Económicas
Ventajas: Diversificación del mercado energético en miras de obtener una mayor competitividad a nivel global. Mayor autonomía en la formulación de la política comercial.
Desventajas: Se pierde la competitividad en los mercados internacionales por la capacidad de negociar en bloque. Se disipa la capacidad de profundizar en la zona de libre comercio y avanzar hacia el mercado común
Jurídicas
Ventajas: Se separa de la supranacionalidad que supone subordinación a la normativa generada en la CAN. Adicionalmente,
Desventajas: No se contara con el ordenamiento jurídico andino en las negociaciones con terceros países (Decisión 598). No gozaremos de las disposiciones aduaneras y comerciales (nomenclatura arancelaria, normas de valoración, etc.) que se habían implementado a través de la normativa andina.
Bases Institucionales para la Salida de Venezuela de la CAN
Las llamadas bases institucionales, para concretar la salida del pacto andino, de cualquiera de sus miembros se encuentra establecido en el artículo 135 del Acuerdo de Cartagena, el cual expresa lo siguiente:
Artículo 135. El País Miembro que desee denunciar este Acuerdo deberá comunicarlo a la Comisión. Desde ese momento cesarán para él los derechos y obligaciones derivados de su condición de Miembro, con excepción de las ventajas recibidas y otorgadas de conformidad con el Programa de Liberación de la Subregión, las cuales permanecerán en vigencia por un plazo de cinco años a partir de la denuncia.
El plazo indicado en el párrafo anterior podrá ser disminuido en casos debidamente fundados, por decisión de la Comisión y a petición del País Miembro interesado.
En relación con los Programas de Integración Industrial se aplicará lo dispuesto en el literal i) del Artículo 62.
Así mismo, la mencionada norma señala lo siguiente:
La Comisión, a propuesta de la Secretaría General, adoptará Programas de Integración Industrial, preferentemente para promover nuevas producciones industriales en ámbitos sectoriales o intersectoriales, que contarán con la participación de, por lo menos, cuatro Países Miembros.
Los programas deberán contener cláusulas sobre:
i) Los plazos durante los cuales deberán mantenerse los derechos y obligaciones que emanen del Programa en el caso de denuncia del Acuerdo.
Fuentes Consultadas:
Disponible en:
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